Bilbao 22:57 viernes, 19 de abril de 2024
     
 
 

 
 
Una vía a pontenciar no a eliminar.

El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente el Anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), en el que se incluye la especialización como característica preferente para cubrir plazas en sustitución del único criterio de antigüedad.

En similar sentido se ha manifestado el magistrado Francisco Javier Vieira tras su renovación en la presidencia del TSJ de Madrid, al considerar “imprescindible” la especialización en el ejercicio jurisdiccional. Supondría, amén de una mayor agilidad, la homogeneización de las resoluciones judiciales, con lo que esto implica de seguridad jurídica para los ciudadanos.

Esta propuesta en el ejercicio de la jurisdicción  es absolutamente extrapolable a todos los operadores jurídicos, con independencia de sus específicas funciones, pues a criterio de los expertos sólo desde la especialización se puede lograr la calidad profesional que exige la acción judicial, la adecuación del proceso en tiempo y forma, y la anhelada modernización de nuestra Administración de Justicia.

Para la Procura este es un argumento importante y con valor añadido a los innumerables que se han esgrimido, en clave jurídica, a favor de mantener la incompatibilidad con el  ejercicio simultáneo de la Abogacía, quebrada en el Anteproyecto de Ley de Servicios y Colegios Profesionales. Se está tratando, de facto,de alterar una profesión especializada en la gestión del proceso y, en consecuencia, capaz de aportar al mismo todos los elementos necesarios para garantizar con eficiencia la tutela judicial efectiva en tiempo, forma y a un previsible y razonable coste económico. Hablamos de elementos todos ellos esenciales para evitar que la Justicia se convierta en flagrante injusticia por pronunciarse o ejecutarse a destiempo.

Esta tesis es plenamente compartida por el legislador desde el año 2009, cuando se reconoce la competencia de los procuradores para realizar actos de comunicación, entre otras razones por su manifiesta especialización y para reforzar su papel en la gestión procesal, salvaguardando así de manera absolutamente eficiente algo tan trascendental en la Administración de Justicia como es el derecho a la tutela judicial efectiva, entendida como piedra angular de una Justicia con capacidad de sustentar el auténtico Estado de Derecho.

El procurador es en razón de su especificidad y, sobre todo, especialización, un operador jurídico de probada valía capaz con su participación de acortar el proceso una media de seis meses. Es imprescindible para que las relaciones entre el tribunal, el letrado y el cliente gocen de toda fluidez y sirvan para hacer más eficaz y seguro el proceso, lo que justifica sobradamente la ampliación de competencias que le atribuyen las recientes reformas legislativas.

Los procuradores queremos continuar nuestra larga trayectoria histórica de servicio a la sociedad, y nos comprometemos a no defraudar en el ejercicio de las nuevas competencias que se nos asignan, dado que para ello disponemos de una cualificación especializada como garantía de rigor profesional y de avance en el  camino de la modernización de la Administración de Justicia.
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